¿En qué consiste la sección de datos analíticos de la jurisprudencia?
A partir de la sistematización de las 123 sentencias en asuntos relacionados con justicia transicional—con base en el instrumento metodológico descrito—, agrupamos las sentencias por categorías y presentamos gráficamente el desarrollo y la evolución de la jurisprudencia en este tema. La muestra está compuesta por 106 casos de inconstitucionalidad y 17 de acción de tutela. Aunque los procesos de tutela son relevantes en la jurisprudencia en esta materia, nos concentramos en las sentencias de constitucionalidad, dado que estas se concentran en los debates de adopción de medidas de justicia transicional y pactos de paz. Esas discusiones constitucionales delinearon los precedentes de la Corte Constitucional en este ámbito y sus efectos erga omnes han generado obligaciones a todas las instituciones estatales. Con todo, las sentencias de tutela no incluidas en este estudio contienen reglas jurisprudenciales importantes en la emergencia de los derechos de las víctimas, las cuales deben tenerse en cuenta en otros estudios en este campo.
A continuación, presentamos las tendencias de la jurisprudencia constitucional en el tiempo, los temas abordados y el diálogo con normas internacionales y decisiones de órganos internacionales.
Panorama general
La gráfica muestra un incremento en la cantidad de sentencias sobre justicia transicional a partir del año 2012. El factor que explica este crecimiento es la expedición de la Ley 1448 de 2011, “por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”. Esta norma trajo consigo una serie de demandas de inconstitucionalidad que fueron resueltas por la Corte en los años subsiguientes. Dicha tendencia se acentuó luego de 2016 con la ratificación e implementación normativa del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto Armado y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. En efecto, como puede verse, los años con mayor número de sentencias en materia de justicia transicional son 2017 y 2018, en los que estuvieron vigentes el procedimiento legislativo para la paz y las facultades presidenciales para la paz, de conformidad con el Acto Legislativo 01 de 2016. En ese período se expidió la mayoría de la normativa para la implementación del Acuerdo Final, la cual fue sometida a control automático de constitucionalidad en virtud del referido Acto Legislativo.

La producción normativa durante la implementación del Acuerdo Final de Paz explica la concentración de sentencias durante el segundo período presidencial de Juan Manuel Santos.

Durante los dos períodos presidenciales de Álvaro Uribe Vélez, la Corte Constitucional emitió 18 sentencias sobre justicia transicional, como consecuencia de la expedición de la Ley 975 de 2005, “por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios”.
A primera vista, este periodo parecería menos influyente en la construcción de la jurisprudencia constitucional relacionada con la justicia transicional, dado el bajo número de sentencias registradas. Sin embargo, esa conclusión pierde de vista la preeminencia de algunas sentencias en la creación de reglas jurisprudenciales en los derechos de las personas en situación de desplazamiento forzado y los beneficios jurídicos a perpetradores de graves violaciones de derechos humanos. En cuanto a lo primero, la sentencia T-025 de 2004 recoge de manera sistemática la jurisprudencia acerca de desplazamiento forzado, por lo que marca la pauta en el derecho a la reparación de las víctimas del conflicto armado interno. Respecto a lo segundo, la sentencia C-370 de 2006 aborda las tensiones entre la concesión de beneficios penales a perpetradores y los derechos a la verdad, justicia y reparación de las víctimas, así como los fines de la solución negociada al conflicto.
La siguiente gráfica corrobora la influencia de estas dos sentencias. Para ahondar en el desarrollo de la jurisprudencia constitucional, elaboramos una red de citaciones que identifica el protagonismo de cada sentencia dependiendo del número de veces que es citada por las otras 122 sentencias de la muestra. Cada sentencia está representada por un nodo; el grosor de las líneas indica el número de veces que una sentencia fue citada por otra; y el tamaño y el color de cada nodo es proporcional al número de sentencias que la han citado. Esta gráfica permite ver dos cosas: (i) las interconexiones entre las sentencias y (ii) la influencia de cada sentencia, de manera general. Incluimos los nombres de las 20 sentencias más influyentes.

Las siguientes gráficas presentan, igualmente, la red de citación al interior de la jurisprudencia constitucional por tema principal. En cada caso, las sentencias más influyentes son identificadas por su número de citaciones en la jurisprudencia.








Temas principales y ejes temáticos
Cada una de las sentencias fue clasificada en virtud de los temas principales que abordan, los cuales son: verdad, justicia, reparación, no repetición, participación política, enfoque diferencial, derecho fundamental a la paz y acuerdos de paz.
La siguiente gráfica muestra el número de sentencias por tema principal. Estos temas no son mutuamente excluyentes, por lo cual cada sentencia puede abordar varios de ellos de manera simultánea.

La siguiente gráfica muestra las sentencias de la Corte Constitucional por tema en cada periodo presidencial. Como podemos ver, entre 1992 y 2014, los temas que ocuparon a la Corte en cada periodo presidencial fueron los relacionados con el derecho a la justicia y a la reparación de las víctimas. No fue sino hasta al periodo de 2014-2018 que la Corte empezó a abordar los derechos a la verdad y a la paz, y las garantías de no repetición de manera sistemática.

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Cada uno de los temas principales que constituyen los componentes de la justicia transicional se divide en ejes temáticos. La siguiente gráfica agrupa las sentencias por tema principal y muestra qué porcentaje de ellas abordaron un eje temático particular. Al igual que con los temas principales, los ejes temáticos no forman categorías exhaustivas y mutuamente excluyentes. Esto significa que una misma sentencia puede referirse a varios ejes temáticos. En muchos casos, la Corte no se refirió específicamente a los ejes temáticos de cada tema principal y, por tanto, los porcentajes no suman cien por ciento.

Como vemos, de las 41 sentencias relativas al tema principal acuerdos de paz, el 43.9% aborda el eje temático tipos de acuerdos y el 17.1% está relacionado con el eje legalización acuerdos. Es decir, no todas las 41 sentencias correspondientes a este tema se relacionan con uno de los ejes temáticos. Este es el caso, por ejemplo, de la sentencia C-469/17, en la que la Corte se pronunció sobre la constitucionalidad del Decreto-Ley 831 de 2017, “por medio del cual se crea la visa de Residente Especial de Paz”. Esa sentencia hizo referencia genérica al Acuerdo Final, sin mencionar los ejes temáticos que se pueden encontrar en este tema.
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De las 57 sentencias relacionadas con el tema principal reparación, la mayoría se refirió a los derechos de las víctimas y las medidas o tipos de reparación que debían ser adoptadas, de conformidad con estándares internacionales.
De las 27 sentencias sobre no repetición, la mayoría se refiere al desmantelamiento de fuerzas paramilitares y a reformas legislativas orientadas a evitar la reincidencia en el conflicto armado.
De las 10 sentencias acerca de participación política, 3 refirieron a la transformación de las FARC-EP en un partido político, 5 están vinculadas a la participación de desmovilizado en la transición política y 7 están relacionadas con la garantía plena del ejercicio de derechos políticos a los desmovilizados.
Diálogo con instrumentos internacionales
La base de datos también permite identificar el diálogo o la referencia que hace la jurisprudencia constitucional a las normas internas (nacionales), las normas jurídicas internacionales, la doctrina y la jurisprudencia internacional y el derecho comparado. De este trabajo surgió un listado de las fuentes del derecho internacional citadas por la Corte Constitucional para adoptar decisiones relacionadas con temas de justicia transicional. Este análisis constituye un completo y novedoso banco de instrumentos internacionales en materia de justicia transicional. Debido al volumen de fuentes con las que ha dialogado la Corte, las siguientes gráficas muestran solo algunos hallazgos.
Como lo ilustra la gráfica, los estándares internacionales de derechos humanos más citados en la jurisprudencia constitucional son: (i) Convención Americana sobre Derechos Humanos (40 sentencias), (ii) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (34 sentencias), (iii) Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (25 sentencias), (iv) Declaración Universal de Derechos Humanos (22 sentencias), (v) la sentencia Barrios Altos vs Perú de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (19 sentencias). Entre los 15 instrumentos internacionales más citados, los estándares de Derecho Internacional Humanitario están citados en 27 sentencias.

En cuanto al tipo de órgano o corte internacional, o tribunal ad hoc más referenciados en la jurisprudencia constitucional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha tenido un liderazgo considerable y está seguida por la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos (antigua Comisión de Derechos Humanos) de Naciones Unidas. Por su parte, los Tribunales Penales Internacionales para la antigua Yugoslavia y Ruanda, y la Corte Especial para Sierra Leona fueron citados en 14 sentencias.

En cuanto al Sistema Universal de Derechos Humanos, la jurisprudencia constitucional tuvo un diálogo más diverso con los órganos de Naciones Unidas, entre 2017 y 2018. Ese periodo coincide con la revisión judicial de las normas derivadas de la implementación del Acuerdo Final de Paz.

La siguiente gráfica muestra, por tema principal, qué porcentaje de las sentencias dialoga con los órganos de tratado y los procedimientos especiales de Naciones Unidas. En todos los temas, las relatorías ocupan un lugar predominante en las citas de la jurisprudencia constitucional, como ocurre en las sentencias relacionadas con verdad, enfoque diferencial y reparación. Por su parte, los órganos de tratado son referenciados con alguna frecuencia en las sentencias sobre justicia, participación política y verdad.

La siguiente gráfica indica el número de sentencias que contiene citas al Derecho Internacional Humanitario por los temas principales en que está organizada la base de datos. La jurisprudencia constitucional tiene un diálogo con estos instrumentos internacionales de forma plural en el periodo presidencial de Andrés Pastrana Arango (1998-2002) y el segundo mandato de Juan Manuel Santos Calderón (2014-2018). Entre estos dos momentos, la jurisprudencia constitucional del último periodo de Santos reporta un mayor número de sentencias que citan directamente al DIH, lo cual se explica por la implementación normativa del Acuerdo Final de Paz. En menor cantidad, las sentencias proferidas en el segundo periodo presidencial de Álvaro Uribe Vélez (2006-2010) tienen citas del DIH en varios temas principales.

Respecto al diálogo entre la Corte Constitucional e instancias y tribunales internacionales, así como tribunales ad hoc, las sentencias relacionadas con el tema justicia (57) contienen principalmente citas de las decisiones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (59.6%). Lo mismo ocurre frente a las sentencias sobre reparación (57), las cuales tienen referencias al Sistema Interamericano, en su mayoría (51.8%). En las sentencias asociadas al derecho a la verdad (23), las citas al Sistema Interamericano representan el 60.9%, mientras que las referencias al Tribunal Europeo de Derechos Humanos corresponden al 21.7%.
Con relación a los tribunales ad hoc, 9 sentencias sobre justicia tienen citas de la jurisprudencia producida por los Tribunales Penales Internacionales para Ex Yugoslavia y Ruanda, y la Corte Especial para Sierra Leona.

Si analizamos este diálogo entre la Corte Constitucional y dichas instancias y cortes internacionales y ad hoc en el tiempo, encontramos que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos tiene un papel protagónico en el número de referencias de la jurisprudencia constitucional, en 2006 y luego de 2012. Como lo sostiene el artículo presentado en la sección discusión de los resultados, las decisiones de este sistema regional han incidido en la jurisprudencia colombiana en dos temas centrales: los derechos a la justicia y a la reparación de las víctimas. De nuevo, 2017 y 2018 concentran la mayor parte de la jurisprudencia sobre justicia transicional que tienen citas a tales decisiones internacionales debido a la implementación normativa del Acuerdo Final de Paz.

Dado el protagonismo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, identificamos las 5 sentencias de la primera Corte por cada tema principal y que aparecen en más de una sentencia de la Corte colombiana. En la jurisprudencia constitucional sobre justicia, por ejemplo, el caso Barrios Altos vs Perú (2001) de la Corte IDH fue citado en 14 sentencias, seguido por los casos Velásquez Rodríguez vs Honduras (1988) y Masacre de El Mozote y lugares aledaños vs El Salvador (2012) fueron referenciados en 8 sentenciadas cada uno.
En cuanto a participación política, los casos de la Corte IDH más citados son Yatama vs Nicaragua (2005), Manuel Cepeda Vargas vs Colombia (2010) y Castañeda vs México (2008). En reparación, las sentencias de ese tribunal regional que aparecen con mayor frecuencia en la jurisprudencia constitucional son Barrios Altos vs Perú (2001), Velásquez Rodríguez vs Honduras (1988) y Comunidad Moiwana vs Surinam (2005).

La siguiente gráfica muestra el diálogo entre la Corte Penal Internacional y la Corte Constitucional en la jurisprudencia sobre justicia transicional. A diferencia de la Corte IDH, la citación de las decisiones de la CPI aún es incipiente. En justicia, las decisiones de la CPI más citadas son el caso Fiscalía vs. Thomas Lubanga (Doc. ICC-01/04-01/06 de 29 de junio de 2006) y el caso Fiscalía vs. Germain Katanga y Mathieu Ngudjolo Cui (Doc. ICC-01/04-01/07 de 30 de septiembre de 2008).
